JUICIO BRIGADA DE SAN JUSTO

El 13 de agosto comenzó en La Plata el juicio por los crímenes cometidos en el Centro Clandestino de Detención de la Brigada de Investigaciones de San Justo. El debate incluye imputaciones a 19 represores por 84 casos, 31 de los cuales corresponde a personas detenidas-desaparecidas. LAS AUDIENCIAS SON LOS MIÉRCOLES DESDE LAS 10 AM EN LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA PLATA, CALLE 8 Y 50. (Se extenderá hasta 2019).

sábado, 26 de diciembre de 2020

SENTENCIA EN EL JUICIO POR LA BRIGADA DE INVESTIGACIONES DE SAN JUSTO

 SENTENCIA EN EL JUICIO POR LA BRIGADA DE INVESTIGACIONES DE SAN JUSTO


El 2 de diciembre de 2020 se conoció la sentencia luego de 2 años y 4 meses de debate.

El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, integrado por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega, dictó una sentencia bastante aceptable tratándose de magistrados muy pegados a lo técnico, que han rechazado ampliaciones en el debate por casos de personas cuyo paso por el CCD está probado y han sostenido las domiciliarias a 15 de los represores juzgados en esta causa. Además apartaron “por razones de salud” al genocida Ojeda y por la tardanza del debate murió impune el subsecretario de Gobierno Juan María Torino, ambos juzgados por primera vez en estos procesos.

Demás está decir que las penas fueron mucho menores a las pedidas por nuestra querella de Justicia Ya La Plata, e incluso en varios casos a las pedidas por la querella del Ministerio Público Fiscal. En resumen, si bien se dictó la expropiación del predio de la Brigada y su transformación en un museo de la memoria, y hubo 10 represores condenados a perpetua y otros 6 a 25 años, se absolvió a Roberto Félix, subcomisario de la Brigada entre febrero y diciembre del ’78, al que el tribunal por mayoría le creyó que no fue parte del CCD porque se fue a realizar un curso, y que no está procesado en ninguna otra causa.

Además, los jueces Esmoris y Jarazo se despacharon en este fallo, y a pedido de la defensas de los represores, con la inconstitucionalidad del artículo 19 inciso 4 del Código Penal, esto es preservarles las jubilaciones de policía y ejército a los genocidas pese a inhabilitarlos de manera absoluta para ejercer cargos públicos. Ni hablar de que los doctores que votaron con anterioridad el 2x1 a un par de represores no asomaron a la posibilidad de decretar que esto se trató de un Genocidio, y se quedaron en la tibia posición de hechos “constitutivos de crímenes de lesa humanidad”, como si se hubiera tratado de un ataque indiscriminado a la población civil y no del aniquilamiento planificado desde el Estado de una generación de luchadores.

Quedan pendientes en instrucción varias causas individuales de personas desaparecidas desde la Brigada de San Justo, incluso por hechos anteriores al 24 de marzo de 1976, que se espera sean parte de un juicio “Brigada 2”, y la imputación al genocida Julio Candioti, que no fue parte de este proceso por haberse profugado durante más de un año.



martes, 24 de noviembre de 2020

SUSPENDIERON LA SENTENCIA DEL JUICIO POR EL CCDTyE BRIGADA DE SAN JUST0

Suspendieron la sentencia del juicio por el CCDTyE Brigada de San Justo para reingresar al debate al genocida Ricardo Armando Fernández 

Desprolijidades superlativas

 Por HIJOS La Plata.

 

A horas de dictar sentencia en la causa FLP 373 el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata informó a las partes que suspende la lectura del veredicto, acordada hace semanas para un juicio que lleva más de 2 años de audiencias. En agosto pasado el juez Alejandro Esmoris –con voto acorde de una línea de sus colegas Nelson Jarazo y Pablo Vega- habían dictado el apartamiento por motivos psiquiátricos del genocida Ricardo Armando Fernández, represor del Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército que está acusado por 47 casos de secuestros y torturas. En octubre nuevos estudios dijeron que no sólo está apto para ser juzgado en esta causa y en otra en curso por las Brigadas de Banfield, Quilmes y Lanús, sino que había simulado su senilidad. La evidente desprolijidad de la justicia federal sólo trae bronca y dolor en los familiares y sobrevivientes y completa un año de terror para las causas contra los genocidas. Finalmente se leerá el veredicto el 2 de diciembre.

 

Por HIJOS La Plata

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Para concluir un año para el olvido en los juicios de lesa humanidad en La Plata, donde ha habido continuidad de la justicia on line, jueces que se excusan para ir a cuidar a su madre del Covid, confirmatoria de una absolución con sobrados elementos en contra, suspensiones con unificación obligada de expedientes y un reguero de domiciliarias con indagatorias por zoom, asistimos ahora a la postergación de la sentencia por los crímenes del CCDTyE Brigada de Investigaciones de San Justo por el apartamiento infundado de uno de los imputados, en un debate que lleva una demora inaceptable y que refiere a la pereza del propio tribunal.

El represor Ricardo Armando Fernández había sido separado por razones de salud en el juicio por ese CCD. Ahora la causa tenía fecha cierta de sentencia para este miércoles 18 de noviembre, pero el TOF 1 platense avisó horas antes de la lectura del veredicto que suspende el acto para revisar la situación de Fernández, a quien nuevos estudios presentaron como un gran simulador.

El pasado 26 de agosto el TOF 1 platense había informado su decisión de suspender la acusación contra Fernández y disponer su inmediata libertad basándose en estudios realizados por peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, de la fiscalía, de la Defensoría General de la Nación y de la querella del Codesedh.

El tribunal informó que las juntas médicas pedidas por la defensa del genocida se realizaron en febrero y agosto de 2019 y determinaron que si bien físicamente “no presenta patologías que obstaculicen la posibilidad de continuar sujeto a juicio”, en la evaluación psiquiátrica se determinó que presenta “un trastorno psico orgánico asociado a un trastorno depresivo de largo tiempo de evolución”, que “impresiona como un cuadro crónico, de evolución irreversible y del cual no se obtendrán mejorías en el futuro. Al momento del presente examen las facultades no encuadran dentro de la normalidad”. En un estudio complementario de marzo de 2020 se quiso constatar que “las facultades mentales de Ricardo Armando Fernández al momento del examen no encuadran dentro de parámetros considerados como normales desde la perspectiva médico legal”, y que la signosintomatologia consignada no emerge como simulada”. Además se había dispuesto la realización de informes médicos semestrales para detectar si el reo “ha recuperado su capacidad de ser sometido a juicio” y “el carácter reversible o no de la patología que lo afecta”.

Fernández estuvo activo en el Destacamento 101 de Inteligencia de La Plata entre junio del ´75 y diciembre del ’77, y como tal fue parte de la Central de Reunión del 101 y luego integró uno de sus Grupos Operativos Especiales. El genocida fue condenado a perpetua en el juicio por el CCD “La Cacha” en 2014 y como la mayoría de los represores de la causa San Justo, y los represores procesados o condenados en todo el país, cumple detención domiciliaria, en este caso en su casa de Soler Nº 3210, depto. 3° “B” en CABA. En octubre de 2019 Fernández fue indagado por videoconferencia desde los tribunales de Comodoro Py en el debate oral en el que ahora se lo revincula. Allí puso en escena un paso de comedia: se presentó en silla de ruedas y al dársele micrófono dijo “¡Sí!”. “¿Y qué quiere decir?” reclamó el juez Alejandro Esmoris. “No sé, ¿qué quiere decir usted” devolvió casi como una humorada. “¿Usted integró el Destacamento 101 de La Plata?”, preguntó Esmoris con poca paciencia. “La Plata, si”, dijo entre balbuceos. “¿Y de quién dependía la Brigada de San Justo?”, insistió el magistrado. “No sé, si usted no lo sabe”, se desentendió Fernández al borde de la tomada de pelo. Entonces intervino el abogado de Fernández, el esmerado defensor oficial Adriano Liva, que le recomendó no seguir declarando y reiteró planteos anteriormente realizados sobre pedidos para apartar al represor del juicio porque tendría una “afectación severa de su cognición” que le impediría “mantener una conversación coherente”. Por aquel entonces el tribunal decidió continuar adelante con la acusación porque no encontraba una incapacidad determinada pericialmente. El juez Esmoris creyó al pié del palco la actuación de Fernández y decidió suspender el proceso en su contra en agosto de este año con ejemplar opinión sobre el “thema decidendum” de la incapacidad del reo: doctrina varia sobre la diferencia entre “capacidad absoluta” y “capacidad específica”, increíbles citas de la defensa del represor sobre el derecho del imputado a intervenir de manera personal en el proceso –hallarse presente cuando está casi ausente por gozar de domiciliaria y no por senil-, evaluación de la palabra del CMF  como verdad incuestionable, todo ello para concluir que no existe “ninguna razón plausible, tampoco desde el plano legal, para apartarse de las fundadas opiniones que vienen expresando los galenos desde hace ya mucho más de un año”.

Avalado por tal victoria  Fernández siguió su camino al estrellato y en exámenes realizados con postrioridad se determinó una actitud “pasiva, por momento de oposición y negativismo. Su estado es de conciencia vigil, pero muy sedado por psicofármacos. Por momentos se duerme. Contesta con los ojos cerrados. Ante determinadas preguntas se irrita y se fastidia (…) ánimo malhumorado, displacentero, irritable, hipobulia, discurso coherente, pero escueto y parco”. Tras lo cual fue determinada “sobresimulación de sintomatología, respecto a desorientación temporal, trastorno de memoria y fatiga de la atención especialmente”. Para más detalles sobre el histrión se afirma que “dice no saber qué día es hoy, pero sin embargo se sorprende al ver a su hija en un horario que no es el habitual (denotando que sí tiene orientación del tiempo y control sobre los movimientos de su hogar, entradas y salidas de sus familiares en el mismo)” y que “con voz altisonante manifiesta que ‘soy Teniente Coronel del Ejército Argentino’ con gran vigor psíquico que no coincide con el cansancio que refirió y adormecimiento que mostraba momentos antes para evitar responder”. Todo ello llevó a concluir científicamente que el militar apelaba indudablemente a respuestas estereotipadas, o lo que se denomina ¨ estereotipias defensivas¨ que lleva a pensar en un cuadro de simulación.  

Ante esta situación al TOF 1 no le quedó otra que demorar un poco la sentencia de San Justo para corregir su anterior decisión apresurada de apartar por senil al reo. Finalmente se leerá el veredicto el 2 de diciembre.

La realidad nos plantea que si hay represores como Fernández que buscan lograr evitar ser juzgados por incapaces y dibujan tan sencillamente una senilidad inexistente es por exclusiva responsabilidad del Cuerpo Médico Forense, cada vez más cuestionado, no sólo por su intervención en las causas de lesa humanidad, sino en otras de desapariciones actuales como las de Santiago Maldonado y Facundo Astudillo castro donde se intenta dibujar el accidente para tapar la desaparición forzada de personas. Aquí es responsable el Estado argentino todo, que tardó 44 años en juzgarlos por los crímenes de lesa humanidad que cometieron como integrantes de una estructura genocida desplegada durante la última dictadura. Y la justicia federal senil es responsable.

 

UNA JODA…

Como venimos describiendo hace años, incluso desde antes de diciembre de 2015, el proceso de los juicios a los genocidas se encuentra asediado por distintos ejes de impunidad: el estiramiento indefinido de los procesos a favor de la impunidad biológica de los genocidas, el cuello de botella entre la instrucción de las causas y los debates orales, y las medidas ilegítimas de beneficios extraordinarios a los peores asesinos de nuestra historia, como ser el 2x1, las domiciliarias, las excarcelaciones y los ceses de prisión preventiva efectiva.

El juicio por San Justo se dio con una espaciada agenda que propuso el tribunal para un expediente trabajoso con 18 represores imputados y 84 víctimas, pero no si se lo compara con los procesos que debían comenzar en nuestra ciudad en 2020, y que iban a coincidir en un cuello de botella espinoso producto de lo que no se hizo con tiempo en su momento y se quería realizar ahora en simultáneo.

El 22 de abril iniciaba el debate por el CCD de la sede central del Cuerpo de Infantería de La Bonaerense, conocido como “1 y 60”, que aún no comenzó y que incluye unos 22 genocidas por 194 víctimas. Importante investigación que por primera vez pondrá luz sobre la coordinación represiva entre el Regimiento 7 de Infantería y la policía en nuestra zona.

A su vez el 5 de mayo iba a empezar el esperado debate e por las Brigadas de Investigaciones o "pozos" de Banfield y Quilmes, causa acumulada de diversos expedientes, uno de ellos elevado a juicio hace más de 8 años, con un total de 23 represores a juzgar por más de 540 víctimas y unos 400 testigos que ya fueron reducidos a un número más manejable aunque con criterios altamente dúctiles. Atrasado el proceso Banfield/Quilmes, el 7 de septiembre estaba previsto el inicio del demorado juicio por los delitos cometidos en la  Brigada de Lanús con sede en Avellaneda, conocida como "El Infierno". Esa causa ya tuvo un tramo llegado a sentencia en 2013 por los casos de los hermanos Iaccarino y resultó en condenas leves y poco representativas de los delitos que juzgaba, y que incluye a 61 víctimas y sólo 4 represores porque otros 4 murieron impunes - entre ellos el jefe y subjefe del CCD. Impericia o pereza judicial, debate inconducente

Algo más interesante de observar es un fenómeno que tiene que ver con el aletargamiento del proceso de juzgamiento en La Plata y en todo el país: la dispar conformación de los tribunales que realizarán los debates pendientes y la falta de designación de jueces titulares. En La Plata el Tribunal Oral Federal 1, que ha absorbido la casi totalidad de los juicios realizados desde 2006, vino sufriendo mutaciones y reemplazos con jueces subrogantes que lo desdibujaron de aquel que en 2015 dictó el primer fallo que reconoció el delito internacional de Genocidio a una conformación más conservadora que avaló hasta el 2x1 a varios represores.

La nueva versión del TOF 1 platense que encarará los debates pendientes vive un festival de subrogancias: por un lado los magistrados que se harán cargo del debate en la causa “1 y 60”, Ricardo Basílico, con actuación en la justicia provincial de Chubut y en el TOF 8 porteño, Agustín Lemos Arias, de la Cámara Federal platense y Nicolás Toselli, designado en el TOF 8 porteño pero con actuación real como subrogante en San Martín.

Por otra parte estuvieron subrogando los cargos tres magistrados de otras jurisdicciones con actuación en San Martín: el ex camarista porteño Eduardo Farah, luego apartado por excusarse para cuidar a su madre del covid, el integrante del TOF 2 Walter Venditti y el miembro del TOF 4 porteño Esteban Rodríguez Eggers. Este trio había propuesto en diciembre pasado, mucho antes de que llegara la pandemia y el aislamiento y excusándose en viajar dos veces por semana desde San Martín, un debate cuasi virtual para “Banfield/Quilmes” en La Plata, con presencia física de un solo magistrado y el resto por sistema remoto, lo que fue duramente cuestionado por las querellas pero que la pandemia obligó a hacer de todos modos.

Desde 2006 hasta la actualidad en La Plata se dictaron 18 sentencias, y si bien a primera vista parece una cantidad importante, queda mucho por hacer, tanto en causas residuales como en otras que nunca recibieron el debido impulso. Los jueces Pablo Vega y Alejandro Esmoris se despiden este año de sus cargos en la justicia platense con la demorada sentencia por Brigada San Justo y ya coronaron su impar actuación con un nuevo fallo absolutorio del genocida CNU Juan José “Pipi” Pomares, pese a que Casación los conminó en abril de 2019 a revisar la sentencia de 2017 que firmaba la impunidad del asesino.

El panorama nacional tampoco es alentador este año. La primera sentencia de 2020 llegó en abril pasado en Mar Del Plata, en una audiencia sin público en la causa “Subona 15”, donde se condenó a 35 represores de esa estructura represiva del Ejército, así como a integrantes de la Fuerza de Tareas 6 de la Armada, de Prefectura y un integrante de la Comisaría de Miramar por 272 casos. El fallo absolvió a 5 represores, en su mayoría de la Armada. El segundo fallo se dio en mayo en Comodoro Rivadavia, donde el Tribunal Oral local condenó a unos módicos 6 años como partícipe secundario en la desaparición del militante del Partido Comunista Elvio Ángel Bel al jefe de Informaciones de la Policía de Chubut Tito Nichols, y absolvió al segundo comandante del Batallón de Infantería de Marina 4 de la FT7 de la Armada, Hernán Álvaro Hermelo. La tercera causa en llegar a sentencia fue también en mayo, pero en Rosario, en la Causa “Feced 3 y 4”, donde 10 represores fueron condenados a penas altas por 188 casos y se reconoció por primera vez en esa zona los delitos sexuales como autónomos. La cuarta y última sentencia hasta el momento llegó a fines de mayo en Entre Ríos, en un debate realizado con tribunal ad hoc y por escrito de acuerdo al viejo código, donde se dictaron 2 perpetuas y 6 sentencias menores sobre represores que seguirán con domiciliaria o bien excarcelados como llegaron al juicio.

Finalmente en octubre un segundo fallo por el Operativo Independencia en Tucumán, donde se condenó a perpetua a 3 de los 25 imputados y se absolvió a 9 represores, y otro en San Nicolás con sentencia dispar en la causa “Saint Amant 3” donde tres ex militares recibieron perpetua por crímenes en distritos del noreste bonaerense pero un policía recibió una pena a tres años de prisión y otro militar resultó absuelto.

Un total de 6 fallos, 16 absoluciones y 61 condenas por más de 800 víctimas son los datos actualizados de 2020. Si bien es prematuro extraer conclusiones para todo el año desde estos datos, dado que habitualmente la mayor cantidad de fallos se da en la segunda mitad del año, seguramente el impasse judicial por la Covid-19 impactará en el estiramiento de los procesos, tanto en los ya iniciados como en aquellos por iniciarse.

 

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LA JUSTICIA SENIL

A su vez asoma otro problema crónico. La seguidilla de represores apartados por motivos de salud y muertos impunes seguirá creciendo si la realización de los juicios se sigue estirando. A esto se suma la continuidad “on line” de los juicios y a las condiciones prácticas para su realización en un contexto como la actual pandemia del Covid-19, que han sido un parte aguas en la concepción del acto de justicia que significan estos debates. No se puede estirar más los procesos porque los imputados se mueren impunes o fingen estar seniles, y además porque muchas de las víctimas, sobreviviente sus familiares también van quedando en el camino sin tener un mínimo de reparación de parte del Estado argentino. Desde HIJOS La Plata, integrante de la querella del espacio Justicia YA, acompañamos la posición que expresa que los juicios deben continuar, pero deben continuar siendo orales y públicos, con los recaudos sanitarios del caso, pero con mayor compromiso de parte del Estado para que los procesos no se estanquen más de lo que ya están y se completen como es debido. Nuestro reclamo se traduce en escuchar a todos los actores de los juicios, principalmente a las querellas de los organismos de DDHH y a los sobrevivientes, y en más concretamente en más medios económicos y personal para el perfeccionamiento de la tecnología de comunicación y el acondicionamiento de las salas de audiencias a la nueva situación, a la vez que se destaque la prohibición expresa de beneficios indebidos como los apartamientos indebidos para un represor que finge como Fernández, las domiciliarias generalizada con la excusa de abandonar al ámbito privado la salud o la custodia de los asesinos, así como las excarcelaciones sin más a los perpetradores de delitos de lesa humanidad.

 

POR JUICIOS ORALES Y PÚBLICOS CUIDANDO LA SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LA JUSTICIA Y DE LOS TESTIGOS-SOBREVIVIENTES!

JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS Y SUS CÓMPLICES!

CÁRCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS!

NO OLVIDAMOS, NO PERDONAMOS, NO NOS RECONCILIAMOS

BASTA DE BENEFICIOS A LOS GENOCIDAS!

BASTA DE DILACIONES Y PEREZA DEL ESTADO!

 

HIJOS LA PLATA – noviembre de 2020.

 

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miércoles, 26 de febrero de 2020

26 DE FEBRERO: ALEGATOS DE JUSTICIA YA! LA PLATA

JUICIO POR EL CCD BRIGADA DE INVESTIGACIONES DE SAN JUSTO



Finalmente el miércoles 26 de Febrero a las 13 hs la querella de Justicia Ya! La Plata alegará en los tribunales federales de La Plata en el marco del juicio por los delitos cometidos en la Brigada de Investigaciones de San Justo, partido de La Matanza.

Desde Justicia Ya La Plata convocamos a acompañar esta audiencia del juicio que se desarrolla desde Agosto de 2018 y en el que están imputados 18 represores por los casos de 84 compañer@s, 31 de elles desaparecidas y desaparecidos.

   El CCD Brigada de Investigaciones de San Justo formó parte del denominado “Circuito Camps”, que incluyó más de 33 CCD en el conurbano bonaerense, y estaba a cargo directamente de la Dirección General de Investigaciones que regentaba el genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz. Además del comisario genocida, serán juzgados otros 17represores, entre militares de la estructura de zona represiva, oficiales del área de inteligencia militar, jefes del CCD, agentes que realizaban custodia e interrogatorios, un médico policial que asistía torturas y los titulares civiles del Ministerio de Gobierno provincial en dictadura.
La mayoría de estos genocidas llega al debate libre, con prisión domiciliaria o excarcelados por el vencimiento de las prisiones preventivas que venían cumpliendo. Tras la tardanza del Estado en realizar el debate, una decena de represores murieron impunes en este expediente o fueron apartados por “cuestiones de salud”, una maniobra para garantizar mayor impunidad después de 42 años.

Entre marzo del ’76 y agosto del ’78 por la Brigada de San Justo pasaron al menos 101 personas identificadas con nombre y apellido, y otras 9 individualizadas sólo con nombre de pila o apodo. De esa lista el juicio se recorta a 84 casos, 31 de los cuales corresponden a personas detenidas-desaparecidas. Sin embargo el lugar venía funcionando como CCD desde por lo menos noviembre de 1974.


La Brigada de San Justo estaba ubicada en la calle Salta N° 2450. Hoy es la sede de la DDI La Matanza. Era un lugar de interrogatorios con tortura y extermino, ya que fue un sitio al que trasladaron a las víctimas que pasaron por ese CCD tras ser secuestradas, otros asesinados en la tortura en el mismo lugar o sacados de allí para fusilar. Muchos detenidos fueron trasladados a otros CCD, como el “Pozo de Banfield” o el “Infierno”, desde donde fueron desaparecidos. La mayor parte de las víctimas fueron militantes sociales, políticos y sindicales de la zona oeste del conurbano que sufrieron la aplicación del Terrorismo de Estado como parte del plan genocida que desde nuestra querella vamos a probar en el juicio.

El tribunal que juzga los delitos cometidos en la Brigada de San Justo está integrado por los jueces Alejandro Esmoris, Nelson Jarazo y Pablo Vega. Esmoris y Jarazo absolvieron al represor Alejandro Duret en Mar Del Plata en 2009, y luego lo liberaron con el recurso del “2x1” en 2016. Además, Esmoris intentó otorgar el “2x1” a los ya condenados genocidas de la Unidad 9 Abel Dupuy y Ramón Fernández en 2017. Esmoris y Vega absolvieron al represor de la CNU Juan José “Pipi” Pomares por “beneficio de la duda” en 2017. El debate se extendió durante más de un año ya que el tribunal dispuso que sólo se realice una audiencia por semana.

Convocamos a las organizaciones de derechos humanos, feministas, gremiales, estudiantiles, sociales, políticas, y a la comunidad en su conjunto a presenciar esta audiencia el día 26 de febrero a las 13hs de la mañana para acompañar este pedido al tribunal.

Las audiencias son públicas y para presenciarlas sólo se requiere ser mayor de edad y concurrir con DNI.

Los Tribunales Federales son en calle 8 entre 50 y 51.

JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS!
JUSTICIA POR TODAS y TODOS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS!
SON 30.000!
FUE GENOCIDIO!

JUSTICIA YA LA PLATA

Asociación de ex detenidos desaparecidos (AEDD), HIJOS La Plata, Asociación de Profesionales en Lucha (APEL), Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CEPRODH), Colectivo de Abogad@s barriales La Maza , Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU), Colectiva Feminista Las Azucenas.

BALANCE DE LOS JUICIOS A LOS GENOCIDAS A DICIEMBRE DE 2019

CATÁSTROFE POCO SERIA

EL MACRISMO SE RETIRA TRAS PROVOCAR UNA CATÁSTROFE EN DERECHOS HUMANOS. LA MAYORÍA DE LOS REPRESORES LIBRES O EN SUS CASAS CON DOMICILIARIA. LOS NÚMEROS DE LOS JUICIOS CONFIRMAN UN PANORAMA COMPLEJO. LOS DESVARÍOS DEL SECRETARIO PIETRAGALLA CORTI.
  
Por HIJOS La Plata


Referenciar la situación del tortuoso camino de la lucha por Memoria, Verdad y Justicia en la Argentina, que supera en longevidad los 35 años de gobiernos constitucionales a los que cuesta cada vez más llamar “democracia” y que sigue de pie pese a todo, y hacerlo desde los pensamientos que genera un dialéctico chiste de origen bélico puede ser suspicaz. Sin embargo la suspicacia está a la orden del día en el país de los 30 mil detenidos desaparecidos.
En una conferencia dictada en Bolivia en 2009 el filosofo esloveno Slavoj Žižek recoge una anécdota posiblemente apócrifa de la primera guerra mundial, según la cual, en la
relación de telegramas entre los cuarteles de Alemania y Austria, los alemanes en principio dieron el mensaje: “aquí en la parte del frente la situación es seria, pero no es catastrófica”; y los austriacos respondieron: “acá la situación es catastrófica, pero no es seria”. Lo que Žižek toma como disparador para pensar el papel de la izquierda al asumir, o no, la revolución como la necesidad de cambiar su realidad o bien como mera gestión de Estado, puede servir para reflexionar sobre la situación de las causas contra los genocidas de la última dictadura en nuestro país.
La situación poco seria se termina de confirmar si observamos la evaluación y las propuestas que manifiesta públicamente el flamante secretario de Derechos Humanos designado por Alberto Fernández. En una nota publicada el 26 de diciembre pasado en Página/12 Horacio Pietragalla Corti manifiesta que “el ritmo que tomaron los juicios de lesa humanidad se choca de frente con la posibilidad real de hacer justicia”. Pero para modificar la situación, y que los juicios vuelvan a ser “política de Estado”, propone “que la Corte Suprema reponga la Comisión Interpoderes; también necesitaremos que la Procuración General de la Nación instruya a los fiscales y a la Procuraduría de Crímenes de Lesa Humanidad a priorizar la realización de estos juicios, con un criterio que nos permita dejar de investigar a los genocidas pluricondenados para avanzar con aquellos que aún no fueron juzgados” (2). La perplejidad en que nos sume tal oferta a quienes militamos desde querellas independientes estos procesos transforma a una situación catastrófica en poco seria. Porque pretender una selectividad en el juzgamiento ya fue política de Estado en los ’80, leyes de impunidad de por medio, y de implementarse las aspiraciones de Pietragalla la mayoría de los procesos en curso quedarían desiertos. El ex diputado, a la sazón obediente votante de la ley antiterrorista en 2011 (3), parece desconocer que, por ejemplo en lo que conocemos como “Circuito Camps”, las grandes causas por distintos CCD tienden a repetir imputaciones por la pereza investigativa del Estado en su conjunto. En manos de estos supinos desconocedores del paño está, en parte, la posibilidad real de hacer justicia en el país de todos y todas.

EL BALANCE
El balance actual del estado de los juicios a los genocidas comienza por reafirmar al finalizar la gestión macrista el estancamiento general del proceso que hace años se venía evidenciando, a lo cual se le suman las problemáticas típicas del estiramiento indefinido de las causas. Desde la anulación de las leyes de impunidad en 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2019 el Estado argentino efectivizó 237 juicios orales y 1 por escrito con sentencia en todo el país. En esos 238 juicios hubo 1.580 procesamientos, y como resultado se dictaron 1.354 condenas sobre 975 represores y hubo 204 absoluciones por un universo de 7.848 víctimas. Esto quiere decir que en 13 años de juicios alrededor del 48% del total de los 3.300 imputados desde 2003 fue llevado a juicio, y un 29,5% de aquel número de procesados fue condenado. Como venimos diciendo, y habiendo llegado a juicio la mitad de los procesamientos, resulta claro, sobre todo por razones biológicas de los imputados, que la otra mitad no podrá esperar otros 15 años para ser juzgados y quedará impune (como los más de 630 que fallecieron en este lapso antes de llegar a juicio) si no se acelera el proceso. Pero resulta que en lugar de acelerarse, el proceso viene decreciendo año a año.
De un total de 589 causas, sólo el 40% tuvo sentencia, un 44% se encuentran en etapa de instrucción, lo que equivale a 260 causas, además de haber 70 expedientes a la espera del inicio del juicio oral (12%) y 21 en pleno debate (4%).
De las 238 causas que llegaron a sentencia desde 2003 el 66% fueron confirmadas por Casación o Corte Suprema y el restante 34% (81 expedientes) espera resolución en segunda instancia.
Además de la información aportada por el Ministerio Público Fiscal sobre la marcha de estos juicios (4) puede colegirse que la justicia tarda un promedio de más de 5 años desde que se requiere la elevación a juicio hasta que se confirman sentencias. Ello hace ver que si aunque fuera un tercio de las causas en instrucción se elevaran a juicio ya mismo, esos procesos estarían terminando recién en 2025. Y si los otros dos tercios se elevaran en 3 y 5 años cada uno todos los procesos terminarían con mucha suerte en 2035.
La proyección es altamente optimista si pensamos que hay 260 causas en instrucción y el promedio anual de sentencias de primera instancia es de 15 a 20 expedientes en todo el país.
Además en los últimos 4 años se ha invertido la situación de libertad los represores (un total de 2484 imputados, procesados o condenados) porque de un 60 % detenidos contra un 40 % en libertad promedio en 2015 se pasó al 64 % en libertad y sólo el 36% promedio detenido en 2019. Pero además, de ese 36% de “detenidos” casi el 70% (unos 600 represores) cumplen arresto con el beneficio de la domiciliaria y sólo el 25% lo hace en cárcel común, lo que serían unos 200 genocidas. La actual queja de sectores del kirchnerismo respecto a la situación de emergencia de las domiciliarias es plenamente selectiva cuando lo que se ve es la profundización de un proceso de privilegios e impunidad para los genocidas que tiene larga data.
Además, si seguimos tomando como referencia el real actuante en la represión de 200.000 efectivos y los 600 Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en todo el país durante la dictadura, los 3.300 imputados siguen representando una investigación sobre el 2% del total de los responsables y los 975 condenados equivaldrían a 1,5 represor por cada CCD.
Este conjunto de elementos marca claramente que la pretensión punitiva de estos procesos sobre delitos gravísimos está muy cerca de representar una mera formalidad, que contrasta con el sistema de crueldad que significa la cárcel para los presos comunes y que está reflejada en la resolución 3341/19 de la Suprema Corte bonaerense que alerta sobre la necesidad del uso racional de la prisión preventiva, y no sólo sobre políticos presos. En todo caso la crisis penitenciaria bonaerense es consecuencia lógica de la posición manifiesta del ex ministro de Inseguridad bonaerense Cristian Ritondo de “prefiero delincuentes amontonados y no liberados”, y que ha producido masacres como la de la Comisaría 1ra de Pergamino en 2017 o la de la Comisaría 3ra de Esteban Echeverría en 2018.

POCO SERIO
Ante esta realidad el ex abogado de de Cablevisión, Clarín, La Nación, La Rural S.A. y McDonald´s, y hoy ministro de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Rosenkrantz, nos invitó a discutir formalmente la “razón humanitaria” para el otorgamiento de beneficios a los peores asesinos de nuestra historia. Rosenkrantz fue autor del infame fallo que intentó hacer pasar la aplicación a los genocidas de una figura como el 2x1, no pensada para tales casos, con una ley sancionada mucho después de que se cometieron los crímenes de la dictadura genocida y derogada antes de que el represor que la invocó fuera privado de su libertad. Sólo el rechazo total a la medida desde sectores judiciales, académicos, políticos, sociales y de los organismos de DDHH, pero esencialmente la multitudinaria movilización que Rosenkrantz definió como “la tribuna”, lograron frenar semejante engendro, que quedará en la historia como el mayor intento del macrismo por sepultar el proceso de Memoria, Verdad y Justicia..
El panorama es complejo y lejos está de modificarse el estancamiento general de estos procesos. Con un pico de actividad en 2012 los juicios a los genocidas vienen decreciendo desde entonces tanto en cantidad de juicios como de condenas anuales. No se ha podido incrementar aquel tope de dos decenas y media de juicios cada año, ya que de 25 juicios en 2012, pasamos a 24 en 2013, 20 en 2014, 21 en 2015, 19 en 2016, 25 en 2017, 17 en 2018 y 20 en 2019.
No se ha avanzado suficiente respecto a los miles de policías y penitenciarios que participaron del Genocidio. Pensemos que en el “Circuito Camps” están demorados los ya parciales procesos sobre las principales CCD del conurbano sur y oeste, como son las Brigada de Investigaciones de San Justo, Banfield, Quilmes y Lanús-Avellaneda. Tampoco se ha profundizado en la ya innegable responsabilidad del tercer gobierno peronista, y de muchos de sus funcionarios y verdugos vivos, en los más de 1.000 asesinatos cometidos por la Triple A, la CNU, el Comando Libertadores de América y otras de sus bandas entre 1973-1976, y su caracterización como parte del Genocidio. Mucho menos se tocaron masivamente las complicidades civiles, esto es empresariales, eclesiásticas y de la burocracia sindical. La doble absolución de que gozó este año el genocida César Milani, en fallos vergonzosos en La Rioja y Tucumán sobre hechos probados, es el fiel reflejo del hecho incontestable de que menos de un tercio de los represores imputados en estas causas son condenados, porque mueren impunes, porque son absueltos por no completarse las investigaciones o porque los jueces, como en el caso Milani, echan mano a hocicados argumentos para sostener la impunidad
El Estado militar argentino quiso salir del poder auto-amnistiándose. El radicalismo pretendió un juicio ejemplar a las cúpulas militares y policiales con código militar de referencia, permanencia en sus cargos de los verdugos y con impunidad negociada por ley. El desparpajo menemista ensayó borrar con el codo los pocos acuerdos conseguidos, devolviendo con los inultos desde el peronismo el cínico “ni vencedores, ni vencidos”. El aliancismo estiró impunidades y puso al dinosaurio genocida Ricardo Brinzoni conducir al Ejército. El kirchnerismo lo imitó pese a su fama de impulsar como ninguno la investigación de los crímenes del Terrorismo de Estado, claro está, además de ejercer como ninguno la represión en democracia. Con el macrimos se asistió a una transición donde los Derechos Humanos pasaron a un segundo plano.
A tono con el clima de época de avance de la derecha neoliberal más rancia los juicios a los genocidas se encuentra asediado por distintos ejes de impunidad: el estiramiento indefinido de los procesos a favor de la impunidad biológica de los genocidas, el cuello de botella entre la instrucción de las causas y los debates oraes, y las medidas ilegítimas de beneficios extraordinarios a los peores asesinos de nuestra historia, como ser el 2x1, las domiciliarias, las excarcelaciones y los ceses de prisión efectiva. Si Mauricio Macri, el mejor alumno de la dictadura cívico-militar, quiso enterrar la posibilidad de revisar el pasado reciente de manera completa y extendida, veremos si las estrategias que despliega el albertismo son del tono de los disparates judiciales del secretario Pietragalla Corti.
Desde HIJOS La Plata seguiremos exigiendo, gobierne quien gobierne, y mucho más mientras haya víctimas directas del Terrorismo de Estado entre los funcionarios responsables de impulsar estas políticas, mayor celeridad, criterios razonables en jueces y fiscales y la cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas y sus cómplices, sin ningún beneficio.

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GOBIERNE QUIEN GOBIERNE SEGUIMOS EXIGIENDO:
JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS GENOCIDAS POR TODOS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS.
CARCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA.
BASTA DE PRIVILEGIOS A LOS REPRESORES.
NO AL 2X1. NO A LAS DOMICILIARIAS. NO A LAS EXCARCELACIONES.
BASTA DE GATILLO FÁCIL Y MUERTES POR TORTURAS EN CÁRCELES Y COMISARÍAS.
SI ES INSTITUCIONAL NO ES VIOLENCIA, ES REPRESIÓN ESTATAL.

Notas:

(1)               Cifrado en “La situación es catastrófica, pero no es seria”. Conferencia de Slavoj Žižek. En “PENSANDO EL MUNDO DESDE BOLIVIA – II ciclo de seminarios internacionales”. Puede verse en https://gitlab.com/martjanz/vp-bolivia/blob/master/docs/tomo_ii_pensado.pdf

viernes, 6 de diciembre de 2019

27 DE NOVIEMBRE: CUADRAGESIMA AUDIENCIA

LA BONAERENSE, SOCIEDAD CRIMINAL

Con la segunda parte del alegato fiscal continuó el debate por uno de los CCD más grandes del conurbano oeste en dictadura. El fiscal Agustín Vanella no dejó lugar a dudas respecto a la actuación del personal policial imputado, y detalló sobre 50 de los 84 casos que forman parte de la acusación. La exposición del fiscal continuará en la próxima audiencia sobre el resto de los casos y el pedido de penas para todos los acusados.


Por HIJOS La Plata


En la audiencia anterior el fiscal Alejandro Alagia expusiera el tramo acusatorio referido a la zonificación militar y el rol del Destacamento de Inteligencia101 en ese esquema represivo, las responsabilidades individuales de los represores de esa dependencia y de los civiles del gobierno provincial, y una particular calificación de los delitos enrostrados a los genocidas como secuestro coactivo, además de los homicidios y los delitos sexuales.
Ahora el fiscal Agustín Vanella desarrolló el rol de la Policía Bonaerense en el genocidio y las responsabilidades individuales de los 9 ex uniformados imputados de la causa.

EL JEFE
En principio acusó al ex Director General de Investigaciones, Miguel Osvaldo Etchecolatz, que siguió el juicio desde el Hospital Central Penitenciario de Ezeiza, por 53 secuestros coactivos y tormentos, y 9 homicidios ocurridos en San Justo mientras ocupó el cargo. Vanella rememoró el testimonio en este debate de Lino Agüero, hermano del desaparecido Alfredo Agüero, de 17 años, secuestrado en La Tablada en 1977 y llevado primero a la Brigada de San Justo y luego al Pozo de Banfield, quien dijo que en diciembre del ‘77 fue a la Jefatura de Policía con su padre a reclamar por su hermano, donde los recibió el represor Etchecolatz. Lino Agüero dijo en este juicio que “Etchecolatz le gritaba que mi hermano no era ningún menor de edad. ‘Tu hijo es un montonero y ha sido ajusticiado’ le dijo a mi padre, y cuando le pidió el cuerpo le respondió que ‘si uno comete un asesinato, se protege para que no lo encuentren’”.
Cabe recordar que como Director General de Investigaciones Etchecolatz tenía el control directo sobre las Brigadas de Investigaciones -entre ellas la de San Justo- con posibilidad cierta de impartir órdenes y ejercer pleno control sobre el lugar.
Etchecolatz, símbolo de la represión de la bonaerense de Ramón Camps en nuestra región, ha sido condenado en el proceso de 2006 en el que mandó a desaparecer a Jorge Julio Lopez, en la causa “Circuito Camps”,  en los homicidios de Marcelo Bettini y Luis Bearzi, en la causa “Favero-Álvarez” y por crímenes cometidos en los CCD Puente 12 y Comisaría de Monte Grande. Pero además está detenido a la espera de juicio en las causas “Pozo de Quilmes”, “Pozo de Banfield”, “El Infierno” de Avellaneda, residual de “Pozo de Arana” y por el secuestro y las torturas al ex diputado provincial del Frejuli Mario Medina y en el expediente 7421 en instrucción en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Lomas de Zamora.
Este año el genocida recibió dos importantes reveses judiciales ya que la Corte Suprema rechazó los recursos que presentó buscando la domiciliaria y el cómputo de las penas que recibió bajo el régimen del 2x1.


LOS COMISARIOS
Respecto a Alejandro Menichini, jefe de la Brigada de San Justo entre julio del ’76 y septiembre de 1977, la fiscalía le imputó 18 secuestros y tormentos, la privación de la libertad de la niña María Lavalle y delitos sexuales cometidos contra la víctima José Eduardo Moreno. En la declaración indagatoria en este debate Menichini se despachó diciendo que él se limitó a entregar la dependencia a las Fuerzas Armadas y no tenía dominio sobre el sector de celdas  y de seguridad ya que “por escrito pasaban a autoridad militar”. La excusa de la existencia de “áreas militares exclusivas sin control policial” en los CCD es una estrategia vetusta de los represores ya que está probada la actuación coordinada y conjunta milita-policial en la represión, aunque la policía estuviera formalmente subordinada a las Fuerzas Armadas. Además Menichini intentó justificar que no estuvo a cargo de la Brigada hasta septiembre del ’77 sino hasta fines de agosto de ese año, cuando fue relevado junto con el subjefe Juan Carlos Ojeda por “haber perdido la confianza de sus superiores”. El fiscal Vanella recordó que fue relevado del cargo por delitos comunes, en una causa por secuestro extorsivo.
Al represor Roberto Armando Felix, subcomisario y subjefe de la Brigada de San Justo entre febrero y diciembre de 1978, se le imputaron 23 secuestros y tormentos y delitos sexuales sobre las v´citmas Adriana Chamorro, Jorge Heuman y Olga Araujo. El fiscal Vanella rebatió la estrategia de la defensa de Felix, quien desde la primera indagatoria de marzo de 2012 viene insistiendo en que en el período que se le imputa no estuvo en San Justo sino haciendo un curso en la Escuela Superior de Policía Adolfo Marsillach con sede en el predio de Bomberos en La Plata. La defensa llamó para probar tal cosa a testimoniar a tres ex camaradas del comisario y a dos compañeras de escuela de su hija. El testigo de la defensa Armando Greco, policía retirado y ex compañero de Félix en la Escuela Superior en el curso de subcomisario en 1978, dijo en el debate que los policías  percibían el sueldo en la escuela cuando estaban realizando el curso. Otro testigo de la defensa, Hugo Silva, también policía retirado y ex compañerito de Félix en la Escuela Superior, dijo en este debate que lo veía en los cursos en el año ’78, que la escuela era un destino en sí y al ingresar al curso se perdía la dependencia original hasta terminar el curso y ser asignado a otro destino. También afirmó que como perdían el destino anterior al curso cobraban su sueldo en la misma escuela.
En marzo de 2012 ante el juez Manuel Humberto Blanco el represor dijo que en diciembre de 1977 estuvo a cargo de la Subcomisaría de Solano, en el partido de Quilmes, y que fue designado interinamente a cargo de la Comisaría 1ra de Quilmes ya que el titular anterior fue ascendido y se esperaba una nueva designación. Agregó que ya por entonces había salido la convocatoria al curso en La Plata y que una vez relevado de Quilmes, donde estuvo un mes, le dieron las vacaciones hasta que se presentara al curso, pero que en paralelo le salió la designación en la “Brigada de Morón, pero con destino fijo en la escuela superior”. Finalmente adujo que nunca fue segundo jefe de la Brigada y que nunca prestó servicio allí porque estaba afectado con destino en el curso en la Escuela Superior y que sólo fue a San Justo una vez por mes a cobrar el sueldo.
Una revisión detallada de la foja de servicios y destinos de Felix, así como de su legajo Nº 7362, arroja varias diferencias respecto a lo planteado por el genocida. En principio en agosto de 1976 se lo ubica como subcomisario en la “Brigada de Avellaneda”, esto sería la Brigada de Investigaciones de Lanús con sede en Avellaneda, conocido como CCD “El Infierno” donde ya se cometían delitos relacionados al plan genocida. Luego en septiembre de ese año se lo designa en la “Dirección General de Investigaciones (Brigada de Investigaciones de Lanús)”, lo que sería el mismo lugar. Efectivamente el 2 de febrero de 1978 figura su designación en la “Brigada de Morón” (San Justo) y el 13 de marzo de ese año se inscribe su destino como “Inscrp 38º curso p/jefe año 1978”, hasta el 22 de diciembre del ’78 cuando se asienta su vuelta a la Brigada de Morón ya como comisario. Lejos de aportar claridad, asoman varios datos curiosos: no se menciona destino ni en la Subcomisaría de Solano ni en la Comisaría 1ra de Quilmes, y Félix sí aparece como jefe de la Brigada de Morón entre diciembre de 1979 y diciembre de 1981, donde el represor dijo nunca haber prestado servicios. Entonces, o bien en la foja se anotaban elementos imprecisos, selectivos y digitados a conveniencia –recordemos que Félix dijo en 2012 que a veces se ponía un destino para poder cobrar el sueldo-, o bien la imperiosa necesidad actual de Félix de despegar su función de San Justo lo hicieron olvidar que incluso con posterioridad al pico activo del genocidio comandó la dependencia que él dice que nunca conoció. El fiscal Vanella afirmó que fue calificado positivamente para su ascenso en septiembre del ’78 por el comisario Oscar Antonio Penna, jefe de la Brigada de San Justo entre el 22/9/77 al 27/3/79. Agregó que según su legajo tuvo licencia de 35 días entre el 6/2/78 y el 12/3/78. Por ello Vanella afirmó que “consideramos que aunque estuviera realizando el curso prestó funciones en la Brigada de San Justo”. La fiscalía solicitó la absolución de Felix por los casos de Rubén Cabral y Modesta Bianchi, al “no coincidir el período del secuestro con el de revista del imputado”.
El siguiente acusado fue Leopoldo Luis Baume, segundo jefe de la Brigada de San Justo entre noviembre del ’77 y enero del ’79, a quien se le atribuyeron 52 casos de secuestros y torturas, los homicidios de 3 de los 7 integrantes de la UES zona oeste asesinados desde la Brigada y 5 casos de delitos sexuales. En principio se desconoce el criterio con el cual se le imputaron a Baume los secuestros de sólo 3 de los 7 estudiantes desaparecidos de la UES zona oeste, siendo que todos fueron secuestrados dos meses antes del comienzo de las funciones del represor en la Brigada, pero permanecieron y fueron fusilados juntos –cosa que se da por probada- cuando el comisario ya estaba en funciones. Eterno imperativo de la fragmentación y el desgüace de las causas de lesa humanidad.
Baume es el único represor de cuerpo presente en algunas audiencias porque cumple arresto domiciliario en su casa de calle 49 Nº 867- 1° piso- Depto A entre 12 y 13 de La Plata, esto es, porque está cerca.
En la indagatoria realizada en este debate Baume se despegó de las acusaciones y se reinventó un pasado. Dijo que para el año ’77 era comisario de una dependencia en Marcos Paz, y casi a fin de año lo trasladaron a la Brigada de San Justo. “Por primera vez en mi carrera me sentí incómodo, porque me rebajaban de cargo. Además yo era del área de Seguridad y no de Investigaciones.  El jefe era Penna, que me asignaba tareas. Dijo que iba a hacer tareas administrativas, porque lo operativo lo manejaba él con su gente. Así que yo nunca tuve tareas operativas”. Baume intentó así desprenderse de los secuestros realizados sobre un importante grupo de militantes políticos recluidos en la Brigada y descargó la responsabilidad en su jefe, no casualmente ya fallecido. Oscar Antonio Penna había asumido la titularidad de la Brigada de San Justo el 22 de septiembre del ’77 en reemplazo del comisario Roberto Bustos y como dependencia de la Dirección de Investigaciones Zona Metropolitana, a  su vez a cargo de Juan Miguel Wolk. El día que asumió Penna había por lo menos 30 detenidos desaparecidos en la Brigada, entre ellos los matrimonios Lavalle-Lemos, Rodríguez-Futulis, los hermanos Moreno, los hermanos Corrales, Orlando Guerechit y el joven Alfredo Narciso Agüero. En 1978 Penna apropió a la hija del matrimonio Moyano-Santander, nacida en el Pozo de Banfield pero que venían de San Justo. “Me asombran los hechos que se me imputan”, espetó Baume ante el Tribunal 1 platense “no he participado de nada y desconocía todo eso. En el año ’78 realicé un curso en la escuela de policía, luego un curso de conducción, voluntario y selectivo. El año ’79 lo pasé en La Plata, desvinculado de la actividad de la Brigada”. El represor no reparó en que los hechos por lo que se amplió la acusación son de entre septiembre y diciembre de 1977. Al verlo propenso a aceptar preguntas el juez Esmoris le requirió qué tareas administrativas realizaba en la Brigada y si hacía sumarios a detenidos.  Menos tranquilo Baume respondió “si realizaba sumarios, pero de hechos comunes, delitos contra la propiedad o contra las personas”. Al ser interrogado por el juez Esmoris sobre si hubo alguna vez militares en la dependencia contestó que “Sí, pero estaban en todos lados. Venían del área militar con asiento en Ciudadela. Era personal militar vestido de civil. Pero conmigo nunca hablaban”.  El hecho confirma la coordinación represiva militar-policial en el Área 114, coordinada por la y que explica la imputación en este debate a Rodolfo Enrique Godoy, subjefe del área militar 114 y jefe operativo del Grupo de Artillería Mecanizada de Ciudadela entre diciembre del ‘77 y diciembre del ’79.
Baume presentó los supuestos certificados de los supuestos cursos que realizó en el año ’78 y que en su versión le habrían impedido estar de cuerpo presente ejerciendo el rol de subjefe de la dependencia. Entonces una intervención del fiscal Agustín Vanella en la indagatoria desmoronó la coartada del represor, con una pregunta sobre antecedentes en juicios de lesa humanidad. A Baume no le quedó otra que reconocer “sí, tuve una condena por mi participación en la Subcomisaría de Villa Insuperable, que estaba tomada por los militares. Desde el año ’75 yo estaba ahí, pero no quiero hablar de eso….”. En marzo de este año Baume fue en persona a los tribunales porteños a escuchar la sentencia en la causa por el CCD “Sheraton”, que funcionó en la subcomisaría de Villa Insuperable, en La Matanza. Allí se lo condenó a 8 años de prisión por la privación ilegal de la libertad de Pablo Bernardo Szir, Julia Sarmiento, Luis Salvador Mercadal, María Cristina Ferrario y Delia Bisutti, y por torturas en los casos Ferrario y Bisutti. A pesar de haber recibido una condena, los jueces porteños decidieron que como el fallo no está firme Baume siga su derrotero de reo de lesa desde su casa.


LA PATOTA
En lo que respecta a Rubén Alfredo Boan, apodado “Víbora”, cabo de la Brigada de San justo entre el 9/3/78 y el 16/1/81, a quien se acusó por 49 casos de secuestros y torturas, y por delitos sexuales sobre 5 víctimas. Boan se negó a declarar en la indagatoria de 2012 y luego accedió a hablar. Dijo que recién entró a la Brigada en marzo del ’78 y que, como era agente y para estar en la Brigada debía como mínimo ser cabo, el jefe Oscar Penna le asignó tareas de correo. Agregó que Penna le dijo que en la brigada había un “Área Restringida” a cargo de autoridades militares pero dijo que él nunca vio personal o móviles militares en la dependencia. Además reconoció que era chofer, pero dijo que tal actividad la hacía para procedimientos en el área de delitos económicos. Se despegó del apodo “Víbora” y dijo que correspondía a Carlos Almirón, que quizás los confunden porque eran muy parecidos. Con legajo 11.952, Carlos Alfonso Almirón figura en el listado de personal de la Brigada de San Justo entre 1976-1983 como oficial subinspector, activo entre agosto del ’76 y abril del ’77, esto es, hasta casi un año antes de que Boan ingresara formalmente a la Brigada. Sugerentemente en la causa consta que Almirón falleció, confirmando la estrategia de  El fiscal Vanella valoró que de acuerdo al material agregado a la causa, dado que su legajo Nº 97.716 se extravió, se puede constatar que Boan estuvo en la dependencia como agente desde el 9 de marzo del ’78, asignado a la subsección de delitos ideológicos y especiales y que fue calificado en el año ’78 por el subcomisario Rubén Lavallén y el jefe de la dependencia Penna. El fiscal aclaró que el represor “Víbora” fue mencionado como participando de secuestros antes de la fecha formal de ingreso de Boan a la Brigada. Fueron las hermanas Kohn, secuestradas en noviembre del ’77, Aníbal Ces, Ana María Expósito, Eduardo Nieves y Sigfried Watzlawik, secuestrados en diciembre de ese año 77, quienes aseguraron que escucharon a los represores nombrar ese apodo. Vanella agregó que diversos sobrevivientes  reconocieron a Boan en el álbum de fotos, afirmaron haber sido custodiados y torturados por el represor apodado “Víbora” en la Brigada de San Justo, entre ellos Norberto Liwski quien, además de afirmar que fue uno de los que lo secuestró en abril del ’78, contó un episodio donde Boan y el represor Ricardo García lo patearon en la celda y quisieron obligar al detenido Francisco García Fernández a que ahorcara a Liwski. Por si fuera poco muchos sobrevivientes sindicaron a Boan haciendo traslados de personas a la Subcomisaría de Laferrere y al Pozo de Banfield. En este sentido Adriana Chamorro dijo que “en Banfield, los represores de San Justo no nos dejaron tranquilos” y describió que tanto “Víbora” como “Tiburón” (Raffo) fueron y vinieron de San Justo a Banfield varias veces a pasar lista, a llevar o traer detenidos, entre ellos el hermano de Adriana, Rafael, que tras ser secuestrado fue llevado a San Justo y luego a Banfield, vuelto a San Justo, llevado a la Comisaría de Laferrere. El 11 de octubre del ’78 Adriana fue llevada con otros a la comisaría de Laferrere y antes de dejarlos “Víbora” les dijo “si nos llegan a encontrar en la calle cruzan la vereda, y si se van a algún país que no sea limítrofe porque los traemos desaparecidos de todas maneras”. “Estaban confirmando el Plan Cóndor”, dijo Adriana en el debate.
Al genocida Héctor Horacio Carrera, ex agente de la Brigada de San Justo entre agosto de 1975 y febrero de 1979, la fiscalía lo acusó por 81 casos de secuestros y torturas, 9 homicidios y 7 delitos sexuales. Al momento de hablar en indagatoria Carrera se desligó de las acusaciones y dijo que si bien entró a la policía en 1975 como aspirante a agente “no tenía estado policial, y mi deber era cebar mate y hacer la limpieza”. Además reconoció que hizo el curso a fines del ’75 y volvió a la Brigada tres meses después, pero insistió: “recién tuve estado policial a mediados del ’77. Yo hacía la limpieza y de correo. Sí, había unos oficiales apodados ‘Víbora’ y Tiburón’, pero tiempo después supe que eran Almirón y Raffo. Yo tuve muchas sanciones disciplinarias, por irme temprano o llegar tarde, pero nunca tuve ascensos ni una felicitación. Había grupos operativos en la Brigada, de Robos y Hurtos, de Faltas, pero entraban y salían. Yo conocía a los oficiales pero no tenía trato. Puede ser que me involucren por el parecido con algún oficial”.
En la instrucción de esta causa Carrera fue reconocido en rueda fotográfica por Olga Vicenta Araujo, que entre 506 fotografías señaló la de Carrera y dijo que esa persona “era el que aplicaba picana y lo llego a ver porque se me corrió el vendaje”. En las audiencias del debate, además de Olga Araujo, también lo reconocieron por foto los sobrevivientes Aníbal Ces, Sigfried Watzlawik, Lino Agüero, Ana Ehgartner, Ana María Espósito, Graciela Gribo, Roxana Kohn y Liliana Espósito. Claudia Congett lo señaló como integrante del operativo en la casa de Villa Luzuriaga donde secuestraron a su padre Jorge en noviembre del ’76, y Andrea Guerechit lo reconoció como uno de la patota que secuestró a su padre en Bella Vista, San Miguel, en septiembre del ’77. Vanella dijo que Carrera fue propuesto por el jefe de la Brigada, Virgilio Brito, en julio de 1975, y en su legajo Nº 94.232 constan calificaciones de los comisarios de la Brigada Bossini, Bustos, Lavallén y Penna, y su calidad de activo desde agosto de 1975 hasta febrero de 1979, cuando pasó a cumplir funciones en la Brigada de Investigaciones de Lanús –con sede en Avellaneda- conocida como CCD “Infierno”. Dicho sea de paso, no está imputado en el tramo elevado a juicio por ese CCD, debate que se iniciará el 7 de septiembre de 2020.
Sobre el represor Raúl Carballo, detenido hoy en la Unidad 34 del SPF por su participación como agente de la Brigada de San Justo entre noviembre del ’77 y enero del ’81, acusado por 53 casos de secuestros y torturas, 9 homicidios y 5 casos de delitos sexuales. En la indagatoria del debate Carballo leyó toscamente una declaración sugerida por su abogado, o intentó leerla sin equivocarse aunque el procedimiento no resultó exitoso: puntuación dudosa y supresión de consonantes varias. Dijo que había trabajado como albañil y zapatero, se anotó en Policía en octubre del ’76 y realizó el curso de agente en agosto del ’77. “Terminé el curso como agente del agrupamiento de comando y me designaron en la Comisaría 1ra de La Matanza en el ’77 y en el ’78 en la Brigada de Morón”, aseguró refiriéndose a la Brigada de San Justo. “Era agente raso, no puede prestar servicio en la Brigada por falta de antigüedad. En la Brigada pedí hablar con Penna, y (Emilio) García García me mandó a realizar la custodia de la casa del juez Anzoátegui. Eso fue de marzo del ’78 a marzo del ’79, de lunes a sábado durante el día”, continuó. Dijo que su legajo se deterioró porque se mojó y no puede probar algunos elementos que lo exculparían. “Soy inocente. Son acusaciones falsas armadas por los fiscales y los querellantes. Nadie me reconoció en fotos”, se animó a afirmar. Las sobrevivientes Ana María Ehgartner y Norma Martínez lo reconocieron en este juicio como integrante de la patota que las secuestró junto a sus esposos el 29 de diciembre del ’77 del domicilio de Jorge Farsa en Lanús. Además Andrea Guerechit lo sindicó como uno de los que secuestraron a su padre en Bella Vista, San Miguel, en septiembre del ’77. El fiscal Vanella recorrió el legajo del represor Nº 99.485 que lo refleja activo en la Brigada San Justo entre el 9/11/77 y hasta el año ’81, cuando fue ascendido a cabo. Para el fiscal cumplió funciones en la subsección delitos ideológicos y especiales, fue calificado por Lavallén y Penna para el ascenso y no hay constancia de su actividad como custodia del juez penal de Morón Martín Anzoátegui, magistrado por otra parte ligado a la Brigada de San Justo como instructor de causas penales de varios ex detenidos en la Brigada blanqueados como presos políticos, como los casos de Miguel Berenstein y Francisco García Fernández, o bien participando en las constancias fraguadas del asesinato de José Rizzo en un supuesto “enfrentamiento” cuando en verdad fue secuestrado en La Matanza, llevado a la Brigada, luego al CCD “Infierno” de Avellaneda, luego asesinado y su cuerpo plantado en el partido de La Matanza.
Respecto a Ricardo Juan García, alias “Buggy” o “Rubio”, uno de los agentes de la Brigada de San Justo más señalado por los sobrevivientes y familiares de los desaparecidos, revistó en la Brigada entre marzo y julio del ’78 y luego entre agostó del ’78 y marzo del ’79. Está acusado por 26 casos de secuestros y torturas y 4 casos de delitos sexuales. En su indagatoria el represor también leyó una declaración y llegó al paroxismo de echarle la culpa a su padre Ricardo y su hermano Carlos Alberto, ambos muertos, también policías e integrantes de la Brigada de San Justo. “Tengo una similitud muy grande en cuanto a ojos, pelos, cutis y altura” intentó explicar, “mi hermano falleció hace dos meses y estuvo muy enfermo, lo que no me permitía declarar en contra de él. Igual no tenía el apodo ‘Rubio’ o ‘Buggy’ ”, dijo García. Agregó que realizó el curso de aspirante a agente en febrero del ’77 y se recibió en octubre del ’78 con destino en la Comisaría 1ra de Morón. “Soy inocente, no presté servicios en la Brigada de San Justo” intentó decir, pero agregó “recién fui destinado a San Justo en marzo del ‘79”. En el legajo de personal de la Brigada de San Justo (o Morón) que consta en este expediente figuran el suboficial principal Ricardo Agripino García, legajo 16.016 y activo entre el 9 de marzo y el 30 de abril del ’78, el agente Ricardo Juan García, legajo 98.987, activo entre marzo del ’78 y junio del ’81, y el cabo Carlos Alberto García, legajo 91.710, activo entre febrero del ’79 y marzo del ’82. Ricardo Juan García, imputado en este debate, también figura como personal de la Comisaría 1ra de La Matanza  entre el 19 de julio y el 8 de agosto del año ’78. El fiscal Vanella recordó que quienes promovieron a García para integrar la Brigada fueron el jefe de la dependencia e imputado en este juicio Alejandro Menichini y Rodolfo Silva, este último según su legajo Nº 8.926 activo en la Brigada de San Justo entre marzo del ’76 y agosto del ’77, y condenado como apropiador de la nieta restituida María Eugenia Gatica Caracoche junto a su esposa Armanda Colard.
En su alegato el fiscal Vanella valoró los testimonios de varios sobrevivientes que mencionaron al represor apodado “Rubio” o “Buggy” como uno de los más violentos del plantel de torturadores de la Brigada de San Justo y como integrante de los operativos de secuestros. Entre ellos Norberto Liwski, quien dijo  que García integró la patota que le disparó en una pierna y lo secuestró en su casa de Capital Federal en abril del ’78. Amalia Marrón afirmó que estando secuestrada en la brigada de San justo, en junio del año ’78 la llevaron a las oficinas de la planta alta y allí “El Rubio” (Ricardo García) le realizó un interrogatorio, le mostró sus pertenencias y le dijo “¡qué raro alguien como vos, hacerse arruinar por una paraguaya de mierda!”, en clara alusión a Cirila Benítez, secuestrada en marzo del ’76 y a quien Amalia conocía por su actividad social en el Complejo 17 de La Tablada. Amalia también pudo registrar que la patota de la Brigada, entre ellos José Antonio Raffo (alias “Tiburón”) y García realizaban los traslados a la Comisaría de Laferrere y tenían mando sobre el personal de la sede.
Pero García colaboró con la represión desde mucho antes del período en que está acusado en esta causa, que se ciñe al año ’78. En este debate Patricia y Claudia Congett, hijas del desaparecido Jorge Luis Congett, secuestrado y desaparecido el 20 de noviembre del ’76, reconocieron en el álbum de fotografías de los represores de San Justo a Ricardo Juan García como participante del operativo y en el caso de Claudia señaló a García como quien la tuvo en brazos en ese hecho y le dijo “¿No querés venir conmigo?”, cuando ella tenía sólo 6 años. Inexplicablemente el caso de Congett no forma parte de la acusación de este debate.


EL MÉDICO TORTURADOR
Finalmente la acusación fiscal se dedicó a la responsabilidad de Jorge Héctor Vidal, médico policial sindicado como torturador de la Brigada de San Justo y además colaborador esencial en la apropiación de las hijas desaparecidos Victoria Moyano Artigas, María José Lavalle Lemos y Paula Logares Grinspon. Se le atribuyen 71 secuestros y tormentos, 9 homicidios y 6 casos de delitos sexuales.
El fiscal Vanella analizó su legajo Nº 12.920 que lo sindica activo en la Brigada entre el 23/6/76 y el 3/4/79, cuando pasó a revistar en la Unidad Regional de Lanús, y donde figura calificado para el ascenso en septiembre del ’77 como “oficial competente, trabajador,  correcto, disciplinado, con gran espíritu de sacrificio y vocación por la función” por el subcomisario Bossini y el Comisario Bustos, y un año después por Lavallén y Penna como oficial con “gran capacidad de trabajo, prestigioso, respetuoso y responsable”. Vidal vive este proceso como una salida desde su hogar a Comodoro Py: estuvo 4 años prófugo en esta causa y tras ser detenido y pasar un tiempo preso consiguió que lo devolvieran a su guarida de Robertson 1077 en el Bajo Flores en CABA. Cuando lo detuvieron estaba escondido en un entrepiso de machimbre de ese domicilio y adujo que estaba ahí “guardando elementos de mi madre que había fallecido”. En la única oportunidad en que habló en esta causa dijo que en la Brigada de San Justo sólo revisaba a presos comunes, y luego cumplía tareas en hospitales y otras dependencias. Intentó alegar que su nombre no fue mencionado en el “Nunca Más” y que se lo comenzó a mencionar a través de la denuncia de Norberto Liwski porque “fui engañado al firmar un parte en el caso Lavallén-Logares”.  Obra en esta causa en el legajo de prueba el sumario disciplinario y la sanción del Colegio de Médico del año ’85 contra el imputado Vidal por violaciones al código de ética, dictado por el tribunal del distrito 3 por su desempeño como torturador en la Brigada de San Justo, sentencia dictada en base a los testimonios de Liwski y otros sobreviviente de ese CCD.
En la instrucción de esta causa el sobreviviente Rodolfo Barberán manifestó que pudo ver a un médico en la sala de torturas, mientras le pasaban picana eléctrica, y resaltó que era el que decidía si se podía o no continuar con las torturas. Norberto Liwski dijo que cuando lo ingresaron secuestrado a la brigada lo pusieron en una sala sobre una mesa metálica ancha y una persona le dijo que era médico y le iba a hablar de colega a colega, le pidió que colabore porque estaba mal herido. “Me dio asco que un médico formado para curar me dijera eso en una mesa de tortura” aseguró Liwski. Agregó que esta persona, a la que identificó como Jorge Héctor Vidal, actuaba siempre a cara descubierta, con la chaqueta blanca, y que una vez le diagnosticó una tifoidea, le firmó una receta y le prescribió medicación discontinuada, lo que se parecía más a una práctica de la tortura que a la mala praxis. Sumó a esto otro episodio con Vidal, donde el médico genocida le explicaba técnicamente al represor Rubén Boan (alias “Víbora”) los efectos físicos de la picana, los límites de su aplicación y su mejor empleo para quebrar la resistencia del detenido. Vidal llegó a recomendar que se puede torturar a una persona desde los 25 kg de peso, con lo cual Boan amenazó a Liwski de que “la próxima lo torturamos con su hija al lado”. La sobreviviente Amalia Marrón contó en el debate que después de la tortura fue revisada por un represor al que llamaban “El Tordo”, que aconsejó que se podía continuar con los tormentos. Ese personaje era el médico policial Jorge Héctor Vidal, quien visitó varias veces a Amalia y a otros detenidos en total libertad de acción, vestido con chaqueta blanca con su nombre en la solapa. De hecho en un momento en que necesitó antibióticos, el propio Vidal en persona le firmó una receta. También el ex detenido y médico Jorge Heuman dijo que en San Justo lo revisó un médico que tras retorcerle los testículos y clavarle elementos punzantes le dijo a los otros represores “¡Son unos brutos! ¡Cómo la van a poner en directa!”, en relación a la corriente de 220 volts de la picana. Heuman reconoció a ese médico torturador como Jorge Vidal porque dejaba su recetario con su nombre, sello y firma en el centro clandestino. Raúl Petruch, también médico y sobreviviente de San justo, dijo que en una oportunidad lo llevaron a la celda para que “curara” a Marrón de las heridas de la tortura. Petruch definió la situación como falta de todo profesionalismo porque no podía darle a la víctima más que agua. Entonces fue que llegó a la celda un médico policial que quiso canalizar a Marrón sin el menor cuidado higiénico. Como él criticó el procedimiento mandaron a traer medicamentos para la detenida, y cuando llegó el envío pudo saber la identidad del  médico represor porque su nombre figuraba en la receta: era Jorge Héctor Vidal. El sobreviviente Eduardo Nieves afirmó que al tiempo de estar en una celda grande en San justo comenzó a sentirse enfermo, con dolores en el dedo del pie donde había recibido picana. Entonces apareció un represor al que llamaban “El Veterinario”, de voz gruesa, que le aplicó una inyección con antibiótico. El sobreviviente dijo que cree que es Jorge Vidal.
 A continuación el fiscal Vanella desarrolló cronológicamente 50 de los 84 casos que forman parte de la acusación. Al extenderse la exposición por más de 3 horas, el Tribunal decisión hacer un cuarto intermedio hasta la primer semana de diciembre para que la fiscalía pueda concluir su el desarrollo de su acusación. El alegato fiscal fue categórico en este tramo y no dejó lugar a dudas respecto a la actuación del personal policial imputado. La exposición continuará en la próxima audiencia sobre el resto de los casos y el pedido de penas para todos los acusados.

La próxima audiencia será el miércoles 4 DE DICIEMBRE desde las 11 hs. Para presenciarla sólo se necesita concurrir a los Tribunales Federales de 8 y 50 con DNI.